Después
de más de dos años de dilación por parte de la patronal para conformar el Tribunal de Arbitramento al que se acogieron
los trabajadores de CMU, filial de la
trasnacional GLENCORE, XTRATA, el pasado
23 de mayo de 2013 se logra firmar unánimemente el LAUDO ARBITRAL que
beneficiara a los trabajadores.
Pero
la empresa en su afán de seguir
arremetiendo contra los que ejercen el derecho a la Asociación Sindical y para asfixiarlos aun mas económicamente y practicando la odiosa discriminación ha pedido
la nulidad del LAUDO con el único objetivo
de dilatar su aplicación.
Sintramienergética
y Funtraenergética Felicitan a los trabajadores sindicalizados de la empresa
Consorcio Minero Unido (CMU), por este pequeño paso para los trabajadores, pero
un gran salto para la clase obrera y por haber resistido toda clase de discriminación antisindical de
la empresa, pues fueron privados de derechos extralegales por el simple hecho
de haberse afiliado a la Organización sindical SINTRAMIENERGETICA, filial de
FUNTRAENERGETICA.
Aquí
un resumen de lo acordado:
Auxilio
por muerte del trabajador…………$ 1’360.318
Auxilio
de traslado de cadáver………..…..$ 2’004.922
Auxilio
por muerte de familiares…..……...$ 1’360.318
Auxilio
por maternidad…………………….$761.787
Auxilio
de lente………………………… .$261.180
Auxilios
escolares
ü
Kínder, primaria y secundaria…………………………………..$
285.252
ü
Educación Superior (62 auxilios año) c/u. de
…….................$1’038.521
ü
Mejores Estudiantes (20 auxilios
Semestrales) c/u. de …… $ 1’109.531
ü
Para Hijos Especiales (10 auxilios)c/u.
………………………$ 1’246.224
Para
los años anteriores 2011 y 2012 los auxilios son los siguientes:
ü
Kínder, Primaria y secundaria………(año
2011= $257.093; para el año 2012 $
271.824
ü
Educación Superior (62 auxilios
anuales) c/u. de (año 2011= $936.000; para el año 2012 $ 989.000).
ü
Para Hijos Especiales…(10 auxilios)c/u.
(año 2011= $1’123.200; para el año 2012
$1’ 246.224
AUXILIO
DE DESPLAZAMIENTO PARA ASISTIR A LA EPS O ARP
a) Dentro
del Departamento $81.619 diarios por un
máximo de 3 días.
b) Para
el resto del País $81.619 diarios por un máximo de 5 días.
c) Los
mismos auxilios se le reconocerán a los familiares que tengan que desplazarse
con el trabajador.
BONO
DE PENSIONADO……………. $1’531.152
SEGURO
DE VIDA (20 Salarios Básicos del Trabajador)
FONDO
DE CALAMIDAD DOMESTICA ($70’000.000 COM
PRESTAMOS DE HASTA $1’500.000)
FONDO
DE VIVIENDA: 621’000.000 Con préstamos de $5’000.000 mínimo y $24’000.000
máximo.
PRIMAS
EXTRALEGALES.
a) Primas
Extralegales de Vacaciones 15 días de Salario Básico del Trabajador.
b) Primas
Extralegales de junio: 9 días de Salario Básico del Trabajador.
c) Primas
Extralegales de diciembre: 12 días de Salario Básico del Trabajador.
Estas
primas tienen retrospectivo a 11 de abril de 2011.
PRIMAS
DE ANTIGÜEDAD.
a) Por
5 años………………………………………... 3 días de salario básico.
b) Por
10 años………………………………………. 7 días de salario básico.
c) Por
15 años……………………………………….10 días de salario básico.
d) Por
20 años……………………………………… 15 días de salario básico.
e) Prima
de Eficiencia………………………………19 días de salario básico condicionados.
PRIMA
DE ALIMENTACION… $382.789 con cambio en silla caliente,
Esta
prima tiene retrospectivo a 11 de abril de 2011.
PROTESIS
DENTAL…………………………………….. $ 500.000.
APOYO
ECONOMICO PARA EL SINDICATO Y LA FEDERACION $ 15’000.0000 de Pesos Por una sola
vez.
FONDO
DE MEDICAMENTOS ES DE $ 45’000.000 de Pesos
anuales y tendrán derecho hasta $500’000 Pesos anual por este concepto
PERMISO
PARA CITAS JUNTA DE CALIFICACACION, ante la Junta Nacional de Calificación de
Invalidez reconocerá permiso remunerado por una sola vez hasta por 3 días y
Viáticos por un valor de $267.397 Pesos.
INCAPACIDADES
De
1 a 100 días la empresa pagara las incapacidades en un 100% del Salario
Promedio del Trabajador
Del
101 a los 180 días la empresa pagara las
incapacidades en un 90% del Salario Promedio del Trabajador.
BONIFICACION
La
empresa pagara a los trabajadores Beneficiarios del presente Laudo la Suma de $6’500.000 Pesos.
VIGENCIA
a un año desde el 23 de mayo del 2013 hasta el 22 de mayo del 2014.
Exhortamos
los trabajadores de la empresa CMU a
seguir en espera de que se resuelvan la solicitud de nulidad presentada por la
empresa ante la corte suprema de justicia, la cual estamos convencidos no prosperará, en tanto que la organización sindical se opondrá a tal pretensión empresarial.
Manifiesta
la empresa que este LAUDO ARBITRAL
pondrá en desventaja a los trabajadores no Sindicalizados, pero no vio cuanto
demoraron los Trabajadores en Tal desventaja asfixiándolos económicamente para
que estos renunciaran al Sindicato, pero
ya se están viendo los resultados.
Llamamos
a todos los Trabajadores de la empresa CMU a que se afilien masivamente al
sindicato para defender nuestras
conquistas, ya que por ley deben
aplicarlo a todos los trabajadores afiliados y esta vez sin temor a que la
empresa pueda argumentar que no le pueda reconocer estos derechos a los
trabajadores ya que se firmó un LAUDO ARBITRAL unánimemente entre el Sindicato,
la Empresa CMU y el Gobierno.
Cordialmente,
“SINTRAMIENERGETICA”
JUNTA DIRECTIVA
SECCIONAL LA JAGUA
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