viernes, 7 de junio de 2013

SE FIRMA LAUDO ARBITRAL ENTRE TRABAJADORES Y EMPRESA CMU


Después de más de dos años de dilación por parte de la patronal para conformar el  Tribunal de Arbitramento al que se acogieron los  trabajadores de CMU, filial de la trasnacional GLENCORE, XTRATA,  el pasado 23 de mayo de 2013 se logra firmar unánimemente el LAUDO ARBITRAL que beneficiara a los trabajadores.

Pero la empresa en su  afán de seguir arremetiendo contra los que ejercen el derecho a la Asociación  Sindical y para  asfixiarlos aun mas  económicamente y   practicando la odiosa discriminación ha pedido la nulidad del  LAUDO con el único objetivo de dilatar  su aplicación.

Sintramienergética y Funtraenergética Felicitan a los trabajadores sindicalizados de la empresa Consorcio Minero Unido (CMU), por este pequeño paso para los trabajadores, pero un gran salto para la clase obrera y por haber resistido  toda clase de discriminación antisindical de la empresa, pues fueron  privados  de derechos extralegales por el simple hecho de haberse afiliado a la Organización  sindical SINTRAMIENERGETICA,  filial de  FUNTRAENERGETICA.
Aquí un  resumen de lo acordado:

Auxilio por muerte del trabajador…………$ 1’360.318

Auxilio de traslado de cadáver………..…..$ 2’004.922

Auxilio por muerte de familiares…..……...$ 1’360.318

Auxilio por maternidad…………………….$761.787

Auxilio por matrimonio……...……………  $761.787

Auxilio de lente…………………………   .$261.180

Auxilios escolares

ü  Kínder, primaria y secundaria…………………………………..$ 285.252

ü   Educación Superior (62 auxilios año) c/u. de …….................$1’038.521

ü  Mejores Estudiantes (20 auxilios Semestrales) c/u. de ……  $ 1’109.531

ü  Para Hijos Especiales (10 auxilios)c/u. ………………………$ 1’246.224

Para los años anteriores 2011 y 2012 los auxilios son los siguientes:

ü  Kínder, Primaria y secundaria………(año 2011= $257.093; para el año 2012  $ 271.824

ü  Educación Superior (62 auxilios anuales) c/u. de (año 2011= $936.000; para el año 2012  $ 989.000).

ü  Para Hijos Especiales…(10 auxilios)c/u. (año 2011= $1’123.200; para el año 2012  $1’ 246.224

AUXILIO DE DESPLAZAMIENTO PARA ASISTIR A LA EPS O ARP

a)    Dentro del Departamento  $81.619 diarios por un máximo de 3 días.

b)    Para el resto del País $81.619 diarios por un máximo de 5 días.

c)    Los mismos auxilios se le reconocerán a los familiares que tengan que desplazarse con el trabajador.

BONO DE PENSIONADO……………. $1’531.152

SEGURO DE VIDA (20 Salarios Básicos del Trabajador)

FONDO DE CALAMIDAD DOMESTICA  ($70’000.000 COM PRESTAMOS DE HASTA $1’500.000)

FONDO DE VIVIENDA: 621’000.000 Con préstamos de $5’000.000 mínimo y $24’000.000 máximo.

PRIMAS EXTRALEGALES.

a)    Primas Extralegales de Vacaciones 15 días de Salario Básico del Trabajador.

b)    Primas Extralegales de junio: 9 días de Salario Básico del Trabajador.

c)    Primas Extralegales de diciembre: 12 días de Salario Básico del Trabajador.

Estas primas tienen retrospectivo a 11 de abril de 2011.

PRIMAS DE ANTIGÜEDAD.

a)    Por 5 años………………………………………... 3 días de salario básico.

b)    Por 10 años………………………………………. 7 días de salario básico.

c)    Por 15 años……………………………………….10 días de salario básico.

d)    Por 20 años……………………………………… 15 días de salario básico.

e)    Prima de Eficiencia………………………………19 días de salario básico condicionados.

PRIMA DE ALIMENTACION… $382.789 con cambio en silla caliente,

Esta prima tiene retrospectivo a 11 de abril de 2011.

PROTESIS DENTAL……………………………………..  $ 500.000.

APOYO ECONOMICO PARA EL SINDICATO Y LA FEDERACION $ 15’000.0000 de Pesos Por una sola vez.

FONDO DE MEDICAMENTOS ES DE $ 45’000.000 de Pesos  anuales y tendrán derecho hasta $500’000 Pesos anual por este concepto

PERMISO PARA CITAS JUNTA DE CALIFICACACION, ante la Junta Nacional de Calificación de Invalidez reconocerá permiso remunerado por una sola vez hasta por 3 días y Viáticos por un valor de $267.397 Pesos.

INCAPACIDADES

De 1 a 100 días la empresa pagara las incapacidades en un 100% del Salario Promedio del Trabajador

Del 101 a los 180 días  la empresa pagara las incapacidades en un 90% del Salario Promedio del Trabajador.

BONIFICACION

La empresa pagara a los trabajadores Beneficiarios del presente Laudo  la Suma de $6’500.000 Pesos.

VIGENCIA a un año desde el 23 de mayo del 2013 hasta el 22 de mayo del 2014.

Exhortamos los trabajadores de la empresa CMU  a seguir en espera de que se resuelvan la solicitud de nulidad presentada por la empresa ante la corte suprema de justicia, la cual estamos convencidos  no prosperará,  en  tanto que la organización sindical  se opondrá a tal pretensión  empresarial.

Manifiesta la empresa  que este LAUDO ARBITRAL pondrá en desventaja a los trabajadores no Sindicalizados, pero no vio cuanto demoraron los Trabajadores en Tal desventaja asfixiándolos económicamente para que estos renunciaran  al Sindicato, pero ya se están viendo los resultados.

Llamamos a todos los Trabajadores de la empresa CMU a que se afilien masivamente al sindicato para defender  nuestras conquistas,  ya que por ley deben aplicarlo a todos los trabajadores afiliados y esta vez sin temor a que la empresa pueda argumentar que no le pueda reconocer estos derechos a los trabajadores ya que se firmó un LAUDO ARBITRAL unánimemente entre el Sindicato, la Empresa CMU y el Gobierno.

Cordialmente,

 

“SINTRAMIENERGETICA”

JUNTA DIRECTIVA SECCIONAL LA JAGUA

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