Apartir del 15 de enero del año en curso, C. I. PRODECO S. A., notificó oficialmente a Sintramienergética Seccional Santa Marta, que para “todo el personal cubierto por el Pacto Colectivo” el aumento salarial que le aplicará en 2010 será del 4%, “teniendo en cuenta el IPC correspondiente al 2009 (2%), más un 2% adicional establecido como incremento correspondiente al año 2010 en el Pacto Colectivo vigente”. Además, agrega que “para el personal sindicalizado aplicará el mismo incremento salarial (4%), el cual será imputable a lo que resulte del respectivo conflicto colectivo en relación con dichos trabajadores”.
Este es el incremento salarial más bajo en toda la historia de Prodeco, el cual se da en momentos en que la productividad de la empresa está en aumento. Prodeco sigue hablando de imputabilidad salarial para el caso de los trabajadores sindicalizados. Pero, les recordamos a todos los trabajadores que, este tema de los aumentos de salarios tiene cuatro (4) aspectos actuales que competen a todos por igual:
PRIMERO: Los aumentos salariales que Prodeco aplique a los trabajadores no sindicalizados, deberá aplicarlos a los sindicalizados, y viceversa, debido a que está obligada a cumplir el derecho constitucional fundamental de Igualdad entre los trabajadores.
SEGUNDO: Actualmente, todos los trabajadores (sindicalizados y no sindicalizados) se encuentran con fuero circunstancial, por el conflicto colectivo de trabajo producto del pliego de peticiones presentado por Sintramienergética en noviembre de 2008 y que esta empresa no ha resuelto, en donde no existe acuerdo alguno sobre imputabilidad salarial, ni los sindicalizados han firmado acuerdo de aumento salarial imputable, por lo cual no puede darse por hecho algo que no es cierto. El aumento que se acuerde con el Sindicato es la esperanza de todos porque aplica para todos los trabajadores, porque es producto de un acuerdo real plasmado en una convención.
TERCERO: Prodeco no ha aplicado los aumentos salariales del 9,5% para 2005-2006, del 8,4% para 2006-2007 y del 9.3% para 2007-2008, aprobados en el laudo arbitral de 2007 y ratificados por la Corte Suprema de Justicia. Se niega a hacerlo alegando tercamente la imputabilidad de los salarios que esta aplicó a los trabajadores del Pacto y desconociendo que lo ordenado por la tutela de marzo de 2006 sobre el derecho de igualdad no fue aumento salarial sino nivelación salarial como lo aclaró la Corte Suprema de Justicia.
CUARTO: Los salarios de Prodeco siguen siendo los más bajos entre las empresas del subsector carbón. La única forma de evitar que esta empresa aplique su voluntad en materia de salarios y que se logre mejorar los salarios para aumentar el nivel de vida, es la UNIDAD de los trabajadores en torno al Sindicato, para reclamar los aumentos salariales pendientes y lograr una solución favorable del actual conflicto colectivo.

¡Por una justa reivindicación salarial!
¡Unidad obrera y sindical!
¡Afíliate ya al Sindicato!
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